DEFINICIÓN DE “ASEGURADOR“
Es
aquel individuo que mediante el pago de un interés o premio se obliga
a responder a otra persona por el daño provocado por cosas inciertas
o casos fortuitos a la cual se puede encontrar expuesta.
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ASEGURADOR“
El
asegurador es una institución financiera que tiene por objeto el
emitir Contratos de Seguro mediante los cuales se obliga a realizar
una indemnización en efectivo por el valor de un menosprecio causado
en el patrimonio del asegurado ante una eventualidad que pudiera
ocurrir y que seria el objeto del contrato.