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Utilidad Pública


DEFINICIÓN DE “UTILIDAD PUBLICA“


Es de utilidad pública todo avance en la ciencia, literatura, medicina que resulta de interés para el bien colectivo, es aquello que genera una ventaja para la humanidad y la población de un estado en su conjunto.

La Ley Federal del Derecho de Autor en su Articulo 147 lo define como:

Se considera de utilidad pública la publicación o traducción de obras literarias o artísticas necesarias para el adelanto de la ciencia, la cultura y la educación nacionales. Cuando no sea posible obtener el consentimiento del titular de los derechos patrimoniales correspondientes, y mediante el pago de una remuneración compensatoria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, de oficio o a petición de parte, podrá autorizar la publicación o traducción mencionada. Lo anterior será sin perjuicio de los tratados internacionales sobre derechos de autor y derechos conexos suscritos y aprobados por México.”





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “UTILIDAD PUBLICA“


Utilidad es todo aquello que pueda ser considerado beneficioso para el estado, su población o la humanidad en su conjunto. Así el estado puede apropiarse de un bien o derecho perteneciente a un individuo con la finalidad de distribuir sus frutos entre los miembros del estado, incluyendo al dueño original.