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Conservación
DEFINICIÓN DE “CONSERVACIÓN“
La Ley General de Asentamientos Humanos en su Artículo 2 Fracción V la define como:
"Conservación: la acción tendente a mantener el equilibrio ecológico y preservar el buen estado de la infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios urbanos de los centros de población, incluyendo sus valores históricos y culturales."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “CONSERVACIÓN“
El concepto jurídico de "conservación" se refiere a la acción destinada a mantener el equilibrio ecológico y preservar el buen estado de la infraestructura, equipamiento, vivienda y servicios urbanos de los centros de población, así como de sus valores históricos y culturales.
En el contexto legal y ambiental, la conservación implica una serie de medidas y políticas orientadas a proteger y mantener los recursos naturales, así como los elementos urbanos y culturales que contribuyen al bienestar de la sociedad y al desarrollo sostenible. Estas medidas pueden incluir la preservación de áreas naturales, la restauración de ecosistemas degradados, la gestión adecuada de los recursos hídricos y forestales, entre otras acciones.
Además, la conservación también se refiere al mantenimiento y cuidado de la infraestructura y servicios urbanos en los centros de población, con el objetivo de garantizar la calidad de vida de los habitantes y el buen funcionamiento de las ciudades. Esto implica la adecuada gestión de los sistemas de transporte, agua potable, saneamiento, energía, vivienda, espacios públicos y otros servicios básicos.
En resumen, la conservación, desde una perspectiva jurídica, abarca todas las acciones destinadas a proteger y mantener tanto los recursos naturales como los elementos urbanos y culturales que son fundamentales para el desarrollo sostenible y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.