DEFINICIÓN DE “DELINCUENCIA
ORGANIZADA“
La Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en su Artículo 2 la define como:
"Cuando tres o más
personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o
reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o
resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán
sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia
organizada."