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Navegación de Cabotaje
DEFINICIÓN DE “NAVEGACIÓN DE CABOTAJE“
La Ley de Navegación y Comercio Marítimos en su Artículo 38 Fracción II la define como:
"De cabotaje.- Por mar entre puertos o puntos situados en zonas marinas mexicanas y litorales mexicanos."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “NAVEGACIÓN DE CABOTAJE“
La "navegación de cabotaje" se refiere al transporte marítimo que se realiza entre puertos o puntos situados dentro de las zonas marinas y litorales mexicanos. En otras palabras, implica el transporte de mercancías o pasajeros a lo largo de la costa de un país, desde un puerto nacional hasta otro puerto nacional o puntos cercanos a la costa.
Este tipo de navegación es de vital importancia para el comercio nacional e internacional, ya que permite la conexión y el intercambio de bienes y personas entre diferentes regiones dentro de un país. Además, la navegación de cabotaje puede ser utilizada para el transporte de mercancías entre países vecinos que compartan una costa marítima común.
La regulación de la navegación de cabotaje suele ser competencia del gobierno nacional y se establecen normativas específicas para garantizar la seguridad marítima, la protección del medio ambiente, el cumplimiento de las leyes aduaneras y el orden en las operaciones portuarias.