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Principio de Inscripción
DEFINICIÓN DE “PRINCIPIO DE INSCRIPCIÓN“
La Ley Registral para el Distrito Federal en su Artículo 12 Fracción II lo define como:
"Inscripción: Es el principio por el cual el registro ésta obligado a asentar los actos que determine la Ley, y que sólo por ésta circunstancia, surten efectos frente a terceros."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “PRINCIPIO DE INSCRIPCIÓN“
El concepto jurídico de "inscripción" se refiere al acto por el cual se registra un acto o hecho jurídico en un registro público, como el registro civil, el registro de la propiedad, el registro mercantil, entre otros. Esta acción es obligatoria cuando la ley así lo establece, y una vez que se realiza la inscripción, el acto o hecho registrado produce efectos frente a terceros.
En términos generales, la inscripción tiene tres características principales:
Obligatoriedad: La ley determina qué actos o hechos deben ser objeto de inscripción en un registro público. Por ejemplo, en el caso de la propiedad de bienes inmuebles, la ley puede requerir que las transferencias de propiedad sean inscritas en el registro de la propiedad para que surtan efectos frente a terceros.
Publicidad: La inscripción tiene como objetivo principal dar publicidad a los actos o hechos registrados, de manera que cualquier persona interesada pueda conocer su existencia y contenido consultando el registro correspondiente. Esto contribuye a la seguridad jurídica y a la protección de los derechos de los terceros.
Efectos frente a terceros: Una vez que se realiza la inscripción de un acto o hecho en el registro correspondiente, este adquiere eficacia frente a terceros, es decir, cualquier persona que posteriormente adquiera derechos sobre el mismo bien o acto deberá respetar los derechos registrados. Esto significa que la inscripción confiere cierta protección jurídica al titular del derecho inscrito.
En resumen, la inscripción es un mecanismo legal que garantiza la publicidad y la oponibilidad de los actos o derechos registrados frente a terceros, contribuyendo así a la seguridad jurídica y a la protección de los derechos de los ciudadanos.