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Copia Certificada Electrónica


DEFINICIÓN DE “COPIA CERTIFICADA ELECTRÓNICA“

La Ley Registral para el Distrito Federal en su Artículo 3 Fracción IX la define como:

"Copia certificada electrónica: es la reproducción total o parcial de una escritura o acta, así como de sus respectivos documentos del apéndice, o sólo de éstos o de alguno o algunos de ellos, que el Notario expide únicamente en soporte electrónico y que autoriza mediante su firma electrónica notarial. La copia certificada electrónica que el notario autorice será un documento notarial válido jurídicamente y se considerará con valor equivalente a la copia certificada prevista en la Ley del Notariado para el Distrito Federal."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “COPIA CERTIFICADA ELECTRÓNICA“

El concepto jurídico de "copia certificada electrónica" se refiere a la reproducción total o parcial de un documento notarial, como una escritura o acta, y sus respectivos documentos anexos, que es emitida exclusivamente en formato electrónico por un notario. Esta copia electrónica certificada es autorizada por el notario mediante su firma electrónica notarial.

Aquí se presentan algunos puntos clave relacionados con este concepto:

Reproducción electrónica de documentos notariales: La copia certificada electrónica permite la reproducción de documentos notariales, como escrituras o actas, en formato electrónico. Esto significa que los documentos originales se pueden digitalizar y almacenar de manera electrónica.

Autorización notarial: La copia certificada electrónica es emitida por un notario, quien autentica el documento mediante su firma electrónica notarial. Esta firma electrónica garantiza la autenticidad y validez del documento.

Equivalencia jurídica: La copia certificada electrónica tiene el mismo valor jurídico que una copia certificada emitida en formato físico de acuerdo con la Ley del Notariado para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México). Esto significa que la copia electrónica certificada puede ser utilizada como evidencia legal en procedimientos judiciales u otros trámites legales.

Alcance de la certificación: La copia certificada electrónica puede contener la reproducción total o parcial de un documento notarial y sus anexos, según lo determine el notario. Esto permite una mayor flexibilidad en la emisión de copias certificadas, ya que pueden incluirse únicamente las partes relevantes de un documento original.

Seguridad y autenticidad: El uso de firmas electrónicas notariales proporciona un alto nivel de seguridad y autenticidad a las copias certificadas electrónicas, ya que garantiza la autoría y la integridad del documento.

En resumen, la copia certificada electrónica es una reproducción de un documento notarial en formato electrónico, emitida y autorizada por un notario mediante su firma electrónica notarial. Esta copia tiene el mismo valor jurídico que una copia certificada física y puede utilizarse como evidencia legal en procedimientos legales.