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Violencia Familiar


DEFINICIÓN DE “VIOLENCIA FAMILIAR“

El Código Civil para el Distrito Federal en su Articulo 323 Quáter lo define como:

La violencia familiar es aquel acto u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, o sexualmente a cualquier integrante de la familia dentro o fuera del domicilio familiar, y que tiene por efecto causar daño”

En su Articulo 323 Quintus:

También se considera violencia familiar la conducta descrita en el artículo anterior llevada a cabo contra la persona que esté sujeta a su custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado, siempre y cuando el agresor y el ofendido convivan o hayan convivido en la misma casa.”





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “VIOLENCIA FAMILIAR“



La Violencia Familiar es aquella que generalmente se lleva a cabo en relaciones donde existe un vinculo de afección entre agresor y agredido y que tienen por fin el controlar las acciones de la victima.