DEFINICIÓN DE “EMERGENCIA ECOLOGICA“La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su Artículo 3 Fracción XVI la define como:
"Emergencia ecológica: Situación derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que al afectar severamente a sus elementos, pone en peligro a uno o varios ecosistemas."