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Servicio Social


DEFINICIÓN DE “SERVICIO SOCIAL“


La Ley Reglamentaria del Articulo 5o Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal en su Articulo 53 lo define como:


Se entiende por servicio social el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado.”