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Valores


DEFINICIÓN DE “VALORES“


La Ley del Mercado de Valores en su Articulo 2 Fracc. XXIV lo define como:

Valores, las acciones, partes sociales, obligaciones, bonos, títulos opcionales, certificados, pagarés, letras de cambio y demás títulos de crédito, nominados o innominados, inscritos o no en el Registro, susceptibles de circular en los mercados de valores a que se refiere esta Ley, que se emitan en serie o en masa y representen el capital social de una persona moral, una parte alícuota de un bien o la participación en un crédito colectivo o cualquier derecho de crédito individual, en los términos de las leyes nacionales o extranjeras aplicables.”





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “VALORES“



Dentro del Derecho Financiero Privado o Mercantil los valores son aquellos derechos, acciones, títulos de crédito o instrumentos financieros que son susceptibles de circulación, esto es que su propiedad puede ser transferida entre personas físicas o morales a través de una contraprestación en dinero o en trueque con otro derecho de valor similar.