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Acción Revocatoria

DEFINICIÓN DE “ACCIÓN REVOCATORIA“


Es aquella acción con la que cuenta el acreedor para pedir la revocación de las enajenaciones y remisiones que se hubieren hecho en perjuicio suyo por el deudor.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCIÓN REVOCATORIA“


Esta acción también conocida como Acción Pauliana tiene lugar cuando el deudor enajena o traslada a cualquier titulo sus bienes y derechos o parte de ellos buscando entrar en insolvencia en perjuicio de sus acreedores.








Acción Pauliana


DEFINICIÓN DE “ACCIÓN PAULIANA“


Es aquella acción con la que cuenta el acreedor para pedir la revocación de las enajenaciones y remisiones que se hubieren hecho en perjuicio suyo por el deudor.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCIÓN PAULIANA“


Esta acción también conocida como Acción Revocatoria tiene lugar cuando el deudor enajena o traslada a cualquier titulo sus bienes y derechos o parte de ellos buscando entrar en insolvencia en perjuicio de sus acreedores







Acción (Procesal)


DEFINICIÓN DE “ACCIÓN“


El Derecho de Acción es aquel que permite exigir a un órgano jurisdiccional el conocer de un hecho para solicitar que sea resuelta una controversia conforme a derecho.




JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCIÓN“


El Derecho de Acción es una facultad que todo individuo posee de acudir ante la justicia para exigir que esta conozca y resuelva una litis entre dos o mas personas, a través del desarrollo de un proceso judicial que resguarde los derechos procesales de las partes y permita a las mismas exponer sus argumentos y pruebas en la búsqueda de sus intereses.







Acciòn (Sociedad Anónima)


DEFINICIÓN DE “ACCIÓN“


En el Derecho de Sociedades una acción es una parte social, es decir una de las partes en que se divide el capital social de una Sociedad Anónima, la cual otorga derechos de propiedad y participación en las utilidades sobre la misma proporcionalmente al numero de acciones emitidas.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCIÓN“


Las acciones representan en su conjunto el capital social de una Sociedad Anónima, en cualquiera de sus variantes, es el equivalente a una parte social de la Sociedad en Responsabilidad Limitada y puede a si mismo subdividirse en cupones si así lo permite el Acta Constitutiva de la sociedad, dicha acción representa un derecho sobre la Sociedad Anónima, sobre su capital social, capital contable y sobre sus activos y utilidades por periodo, las acciones pueden ser transferibles y sujetas de enajenación.





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Accesorio


DEFINICIÓN DE “ACCESORIO“


Lo que se une a lo principal o depende de ello. Algunas cosas se vuelven accesorias porque se unen o incorporan de forma natural o artificial a otra principal, de manera que forman con ella un todo.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCESORIO“


Lo accesorio es aquello que aunque siendo un bien diferente en si se une por voluntad de su dueño a otra cosa, como por ejemplo los ladrillos que forman parte de una casa, antes de unirse a la casa, los ladrillos eran un bien independiente y se podía disponer de ellos para cualquier cosa que su dueño decidiera, pero al ser unidos a la casa estos pierden su independencia y ahora no pueden ser dispuestos individualmente, por tal se convierten en un bien accesorio. Otro ejemplo es el de lo intereses sobre un préstamo, en este caso lo accesorio sufre la suerte de lo principal y si los derechos por dicho préstamo son transferidos a otra persona dentro de la suerte del préstamo principal igualmente los intereses serán transferidos al nuevo dueño.









Accesión Natural


DEFINICIÓN DE “ACCESIÓN NATURAL“


Es el derecho que la propiedad de una cosa nos da sobre todo lo que esta produce, y sobre lo que se le une accesoriamente por obra de la naturaleza, sin concurso de la industria del hombre.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACCESIÓN NATURAL“


La accesión natural hace referencia a los productos que una propiedad da por si misma a su dueño, como animales de caza, frutos de arboles dentro de la propiedad, crías nacidas de un animal, madera o leña proveniente de los arboles, etc.






Absolución


DEFINICIÓN DE “ABSOLUCIÓN“


La sentencia definitiva dada en favor del reo, la decisión final de un juez declarando al reo por libre de la acusación imputada.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ABSOLUCIÓN“


La absolución consiste en la declaración llevada a cabo por un juez o magistrado de un imputado o reo, dentro de la cual hace referencia de que no se dispuso de evidencia suficiente para que este fuera declarado culpable y que por tal deberá de quedar en libertad a la brevedad.






Abrogación


DEFINICIÓN DE “ABROGACIÓN“


Es la anulación o revocación de una ley o un código en su totalidad.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ABROGACIÓN“


La abrogación se diferencia de la derogación en que la primera consiste en la abolición total de la ley, pudiendo esta ser reemplazada por una nueva ley o no, mientras que dentro de la derogación solo se nulifica una parte de la ley, ya sea unos cuantos artículos o hasta capítulos completos, pero la ley principal mantiene su vigencia.






Ab Intestato


DEFINICIÓN DE “AB INTESTATO“


Es la locución latina usada en español para significar el concepto de “sin testamento” y se usa en el ámbito jurídico para hacer referencia de la persona que murió sin testar.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “AB INTESTATO“


Sucede cuando una persona pierde la vida y sus bienes tienen que ser repartidos entre sus deudos, a través del juicio intestamentario, esto se llevara a cabo como lo dicta la ley ya que en su momento el dueño de los bienes no realizo testamento alguno, no estableciendo con anterioridad a su muerte lo que sucedería con estos.






Abigeato


DEFINICIÓN DE “ABIGEATO“


Consiste en la sustracción o apoderamiento de una o mas cabezas de ganado con fines de dominio, sin derecho y sin consentimiento de quien legalmente puede disponer de ellas. Conocido tambien con el nombre de Cuatrerismo.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ABIGEATO“


El abigeato también conocido como robo de ganado, cuyos perpetradores se denominan cuatreros, consiste en el apoderamiento de cabezas de ganado, ya sea vacuno, bovino o porcino, pero no se encuentra limitado a estos, siendo que estos ya tienen dueño y que dicha sustracción se esta llevando a cabo sin su consentimiento y sin derecho alguno sobre ellos.








Abdicación


DEFINICIÓN DE “ABDICACIÓN “


Es la cesión o renuncia voluntaria del dominio, propiedad o derecho de alguna cosa, y principalmente del poder soberano o puestos supremos, después de haberlos poseído.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ABDICACIÓN“


Se entiende como la renuncia de un bien o derecho que en algún momento poseyó alguna persona, esta puede realizarse a favor de un tercero o no, dicha renuncia puede ocurrir en ocasiones por la falta de interés del acreedor o porque dicho bien o derecho trae consigo obligaciones superiores a las que el acreedor del derecho considera el valor del derecho principal.








Abandono


DEFINICIÓN DE “ABANDONO “

Es la dejación o desamparo que se hace sobre una persona a quien se tiene la obligación o el deber jurídico de cuidar o sobre una cosa, un bien o un derecho que le pertenece.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ABANDONO“


El abandono sobre una persona o un bien sobre el cual se cuenta con un derecho puede ser realizado por la acción u omisión, así un padre comete abandono de sus hijos pequeños al dejarlos en las puertas de una iglesia, o de un hospital, de igual forma se comete el abandono sobre un bien inmueble al dejar de residir en el, ignorando voluntariamente el cumplimiento de las obligaciones que el mismo genera, como el pago de impuesto predial.