Búsqueda Alfabética

Supervisión de la Autoridad


DEFINICIÓN DE “SUPERVISION DE LA AUTORIDAD“


El Código Penal para el Distrito Federal en su Articulo 60 lo define como:


La supervisión de la autoridad consiste en la observación y orientación de la conducta del sentenciado, ejercidas por personal especializado dependiente de la autoridad competente, con la finalidad exclusiva de coadyuvar a la readaptación social del sentenciado y a la protección de la comunidad.”