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Anulación


DEFINICIÓN DE “ANULACIÓN“


Es la invalidación, abolición o abrogación de alguna ley, testamento o contrato, declarando que esta queda sin valor alguno ni fuerza para los contratantes o terceros, puede darse por voluntad de las partes o por dictamen judicial.





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ANULACIÓN“


La invalidación es el fin de un contrato vinculatorio para las partes, y se da por varias razones, principalmente por voluntad de las partes, por vicios dentro del mismo, obscuridad tal que impide conocer la intención de los signatarios o por orden judicial.