DEFINICIÓN DE “ACEPTACIÓN“
Es la admisión que se da, ofrece o
encarga, o el consentimiento de aquel a quien se hace una
proposición, oferta o encargo, o se da o defiere alguna cosa y la
admite, aprueba o recibe. La aceptación puede ser expresa o
tacita, sera expresa cuando se declara por palabras o por signos y
tacita cuando se manifiesta por acciones o hechos.
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “ACEPTACIÓN“
En todo contrato es indispensable la
aceptación, ya que este no dará origen a su existencia si se carece
de la concurrencia de dos voluntades, por una parte quien oferta y
por la otra quien consiente o aprueba de conformidad de la otra.