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Coproducción Internacional de Obra Cinematográfica


DEFINICIÓN DE “COPRODUCCIÓN INTERNACIONAL DE OBRA CINEMATOGRÁFICA“

La Ley Federal de Cinematografia en su Artículo 15 la define como:

"Se considerará como coproducción internacional la producción que se realice entre una o más personas extranjeras con la intervención de una o varias personas mexicanas, bajo los acuerdos o convenios internacionales que en esta materia estén suscritos por México."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “COPRODUCCIÓN INTERNACIONAL DE OBRA CINEMATOGRÁFICA“

El término "coproducción internacional" en el ámbito jurídico se refiere a un tipo específico de producción cinematográfica o audiovisual que involucra la colaboración entre personas extranjeras y personas mexicanas, de acuerdo con los acuerdos o convenios internacionales en esta materia que haya suscrito México.

Aquí hay algunos puntos importantes relacionados con este concepto:

Colaboración internacional: La coproducción internacional implica la participación de al menos una persona extranjera y una o varias personas mexicanas en la producción de una obra cinematográfica o audiovisual. Esta colaboración puede abarcar diferentes aspectos de la producción, como financiamiento, dirección, actuación, entre otros.

Acuerdos internacionales: La realización de coproducciones internacionales está regida por acuerdos o convenios internacionales en materia cinematográfica o audiovisual, que México ha suscrito con otros países. Estos acuerdos establecen las condiciones y requisitos que deben cumplirse para que una producción sea considerada como una coproducción internacional y pueda acceder a los beneficios y protecciones previstos en dichos convenios.

Beneficios y protecciones: Las coproducciones internacionales pueden ofrecer una serie de beneficios y protecciones tanto para los participantes como para la obra producida. Esto puede incluir acceso a financiamiento internacional, exenciones fiscales, protección de derechos de autor y distribución en mercados extranjeros, entre otros.

Requisitos y procedimientos: Para que una producción sea reconocida como una coproducción internacional, es necesario cumplir con ciertos requisitos y procedimientos establecidos en los acuerdos internacionales y en la legislación nacional. Esto puede incluir la presentación de documentación específica, la conformidad con ciertos criterios de elegibilidad y la obtención de aprobaciones y autorizaciones pertinentes.

En resumen, la coproducción internacional es un tipo de producción cinematográfica o audiovisual que involucra la colaboración entre personas extranjeras y personas mexicanas, de acuerdo con los acuerdos internacionales en esta materia suscritos por México. Esta forma de colaboración ofrece beneficios y protecciones específicas y está sujeta a requisitos y procedimientos establecidos en los convenios internacionales y la legislación nacional.