DEFINICIÓN DE “INVALIDEZ“
La Ley del Seguro Social en su Artículo 119 la define como:
"Para los efectos de esta Ley existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “INVALIDEZ“
El término "invalidez" en el contexto de la ley se refiere a una condición en la cual una persona asegurada se encuentra incapacitada para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración que supere el cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo. Aquí se explica el concepto jurídico asociado a esta definición:
Incapacidad laboral: La invalidez implica una incapacidad total o parcial para realizar un trabajo remunerado debido a una enfermedad o accidente no profesional. Esto significa que la persona afectada no puede realizar las funciones laborales de manera adecuada o eficiente, ya sea temporalmente o de forma permanente.
Limitación de ingresos: La ley establece un umbral del cincuenta por ciento de la remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo como referencia para determinar la invalidez. Si la persona asegurada no puede obtener ingresos que superen este porcentaje mediante un trabajo similar al que realizaba anteriormente, se considera inválida para los efectos de la ley.
Origen de la invalidez: La invalidez debe ser el resultado de una enfermedad o accidente no profesionales, es decir, que no estén relacionados directamente con el trabajo que desempeñaba la persona. Esto puede incluir enfermedades crónicas, discapacidades físicas, lesiones graves, entre otros.
Protección y beneficios: La declaración de invalidez puede otorgar a la persona afectada ciertos derechos y beneficios, como prestaciones por incapacidad, pensiones por invalidez, servicios de rehabilitación, atención médica especializada u otros apoyos económicos y sociales según lo establecido en la legislación correspondiente.
En resumen, la invalidez en el contexto de la ley se refiere a la incapacidad de una persona asegurada para obtener ingresos equivalentes al menos al cincuenta por ciento de su remuneración habitual debido a una enfermedad o accidente no profesionales. Este concepto tiene implicaciones legales importantes en cuanto a la protección y los beneficios que se pueden otorgar a las personas afectadas.