Principio de Legitimación
DEFINICIÓN DE “PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN“
La Ley Registral para el Distrito Federal en su Artículo 12 Fracción IX lo define como:
"Legitimación: Principio en cuya virtud, prevalece lo inscrito mientras no se pruebe su inexactitud."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN“
El concepto jurídico de "legitimación" se refiere al principio por el cual se reconoce la validez y eficacia de lo inscrito en un registro público mientras no se demuestre su inexactitud o invalidez mediante un procedimiento legal. En otras palabras, la legitimación establece que lo que está debidamente registrado goza de una presunción de veracidad y legalidad hasta que se pruebe lo contrario.
Este principio es fundamental en el ámbito registral, especialmente en el registro de la propiedad, donde las inscripciones tienen efectos jurídicos importantes. La legitimación implica que las personas que adquieren derechos sobre bienes inmuebles a través de actos o contratos registrables tienen la garantía de que su derecho será reconocido y protegido frente a terceros, siempre y cuando esté debidamente inscrito en el registro correspondiente.
La legitimación otorga seguridad jurídica a las transacciones inmobiliarias al establecer que, en caso de disputas o conflictos, se presumirá la validez de lo inscrito en el registro hasta que se demuestre lo contrario mediante un proceso legal. Esto significa que las personas que confían en la información registrada pueden actuar en consecuencia y basar sus decisiones en la fe pública del registro.
En resumen, la legitimación es un principio que protege la confianza en la veracidad de lo registrado y garantiza la seguridad jurídica en las transacciones inmobiliarias al establecer que lo inscrito prevalece mientras no se demuestre su invalidez o inexactitud mediante un procedimiento legal.