DEFINICIÓN DE “COMISARIADO EJIDAL“
"El comisariado ejidal es
el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea,
así como de la representación y gestión administrativa del ejido.
Estará constituido por un Presidente, un Secretario y un Tesorero,
propietarios y sus respectivos suplentes. Asimismo, contará en su
caso con las comisiones y los secretarios auxiliares que señale el
reglamento interno. Este habrá de contener la forma y extensión de
las funciones de cada miembro del comisariado; si nada dispone, se
entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente."