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Clausura


DEFINICIÓN DE “CLAUSURA“

La Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en su Artículo 2o. Fracción VII lo define como:

"Clausura: El acto administrativo a través del cual la autoridad competente, como consecuencia de un incumplimiento a la normatividad correspondiente, impide o suspende las actividades o funcionamiento de un Establecimiento Mercantil mediante la colocación de sellos en el local correspondiente, pudiendo ser de carácter parcial o permanente"