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Diseños Industriales


DEFINICIÓN DE “DISEÑOS INDUSTRIALES“

La Ley de la Propiedad Industrial en su Artículo 32 los define como:

"Los diseños industriales comprenden a:

I. Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, y
II. Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “DISEÑOS INDUSTRIALES“

El concepto jurídico de "diseños industriales" abarca dos categorías principales:

Dibujos industriales: Se refiere a cualquier combinación de figuras, líneas o colores que se aplican a un producto industrial con el propósito de ornamentarlo y proporcionarle un aspecto único y distintivo. Estos dibujos industriales se utilizan para embellecer el producto y hacerlo más atractivo visualmente, sin que necesariamente afecten su funcionalidad técnica.

Modelos industriales: Consisten en formas tridimensionales que sirven como tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial. Estos modelos proporcionan una apariencia especial al producto, pero no implican cambios significativos en sus características técnicas o funcionales. Es decir, los modelos industriales se centran en la forma física del producto y no en sus aspectos técnicos.

Ambas categorías de diseños industriales están destinadas a proteger la apariencia estética de los productos industriales, ya sea mediante elementos decorativos (dibujos industriales) o mediante la forma física en sí misma (modelos industriales). La protección legal de los diseños industriales permite a sus creadores garantizar la exclusividad de su apariencia frente a terceros, lo que fomenta la innovación y el desarrollo en el ámbito industrial.