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Constitución del Regimen de Propiedad en Condominio


DEFINICIÓN DE “CONSTITUCIÓN DEL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO“

La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal en su Artículo 4 la define como:

"La constitución del régimen de propiedad en condominio es el acto jurídico formal que el propietario o propietarios de un inmueble, instrumentarán ante Notario Público declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento, y en el que, dos o más personas teniendo un derecho privado, utilizan y comparten áreas o espacios de uso y propiedad común, asumiendo condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades de acuerdo al uso del inmueble, en forma conveniente y adecuada para todos y cada uno, sin demérito de su propiedad exclusiva."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “CONSTITUCIÓN DEL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO“

El concepto jurídico de "constitución del régimen de propiedad en condominio" se refiere al acto jurídico formal mediante el cual los propietarios de un inmueble deciden establecer el régimen de condominio sobre dicho inmueble. Este acto se realiza ante un Notario Público y consiste en la declaración de voluntad de los propietarios de compartir y utilizar áreas o espacios comunes del inmueble, además de conservar su propiedad exclusiva sobre una parte específica del mismo.

En otras palabras, cuando se constituye el régimen de propiedad en condominio, dos o más personas que tienen derechos privados sobre un inmueble deciden compartir áreas comunes (como pasillos, escaleras, jardines, áreas recreativas, etc.) y establecer reglas y condiciones para su uso y mantenimiento. Cada propietario conserva la propiedad exclusiva de su unidad o parte del inmueble, pero también comparte la responsabilidad y los gastos asociados con el mantenimiento y administración de las áreas comunes.

Este acto es fundamental para regular las relaciones entre los propietarios y garantizar un adecuado funcionamiento del condominio, estableciendo derechos y obligaciones de cada uno de los copropietarios, así como las normas para la toma de decisiones y la administración de los bienes comunes. La constitución del régimen de propiedad en condominio se rige por las disposiciones legales correspondientes en cada país y puede implicar la elaboración de un reglamento interno que regule aspectos específicos de convivencia y administración dentro del condominio.