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Hipoteca


DEFINICIÓN DE “HIPOTECA“

El Código Civil para el Distrito Federal en su Artículo 2893 lo define como:

"La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “HIPOTECA“

La hipoteca es un derecho real de garantía que recae sobre un bien inmueble (o incluso mueble en algunos casos) y que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación, generalmente un préstamo o crédito.

La característica fundamental de la hipoteca es que el bien hipotecado permanece en poder del deudor, quien conserva la posesión y el uso del mismo. Sin embargo, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada (por ejemplo, el no pago de un préstamo hipotecario), el acreedor hipotecario tiene el derecho de ejecutar la hipoteca. Esto significa que puede iniciar un proceso judicial para vender el bien hipotecado y cobrar con el producto de la venta la deuda garantizada.

Es importante destacar que la hipoteca confiere al acreedor un derecho real sobre el bien hipotecado, lo que significa que este derecho tiene prioridad sobre otros acreedores en caso de ejecución de la garantía. El grado de preferencia en el cobro está establecido por la ley y determina el orden en que se satisfacen las deudas con los bienes obtenidos de la venta del bien hipotecado.