Hecho Ilícito
DEFINICIÓN DE “HECHO ILÍCITO“
El Código Civil para el Distrito Federal en su Artículo 1830 lo define como:
"Es ilícito el hecho que es contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres."
La Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal en su Artículo 2 Fracción VIII lo define como:
"Hecho Ilícito: Hecho, típico y antijurídico, constitutivo de cualquiera de los delitos de delincuencia organizada, secuestro, robo de vehículos y trata de personas; aun cuando no se haya determinado quien o quienes fueron sus autores, participaron en él o el grado de su intervención."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “HECHO ILÍCITO“
El concepto jurídico de "hecho ilícito" se refiere a una acción que constituye un delito o una falta, que está tipificada como tal en la ley y que es contraria al ordenamiento jurídico. Es importante destacar que el hecho ilícito debe cumplir tres condiciones fundamentales para ser considerado como tal:
Típico: Significa que el acto debe encajar dentro de una descripción específica establecida por la ley como un delito o una falta.
Antijurídico: Indica que el acto va en contra del ordenamiento jurídico, es decir, contraviene normas legales vigentes.
Constitutivo de delito: El acto debe ser grave y estar contemplado como delito en la legislación correspondiente.
En el contexto que proporcionaste, se hace referencia a una serie de delitos específicos, como delincuencia organizada, secuestro, robo de vehículos y trata de personas. Estos delitos son considerados hechos ilícitos porque cumplen con las condiciones mencionadas anteriormente: están tipificados como delitos en la ley, son contrarios al ordenamiento jurídico y tienen un alto grado de gravedad.
Es importante tener en cuenta que, aunque se identifique un hecho como ilícito, aún es necesario determinar quiénes fueron los autores o participantes en él, así como el grado de su intervención, para aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo con la ley.