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Giro Mercantil Principal


DEFINICIÓN DE “GIRO MERCANTIL PRINCIPAL“

La Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en su Artículo 2 Fracción XIX lo define como:

"Giro Mercantil Principal: La actividad comercial lícita, permitida en las normas sobre uso de suelo, que se autoriza en la Licencia de Funcionamiento o es manifestada en la Declaración de Apertura para desarrollarse en los Establecimientos Mercantiles."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “GIRO MERCANTIL PRINCIPAL“

El "giro mercantil principal" se refiere a la actividad comercial principal que una empresa o establecimiento mercantil realiza como parte de su actividad económica habitual y autorizada. Especifica la naturaleza principal del negocio que se lleva a cabo en un establecimiento comercial o industrial.

En el contexto de una licencia de funcionamiento o una declaración de apertura de un establecimiento mercantil, el giro mercantil principal es la actividad comercial específica que se declara como la actividad principal del negocio. Esto puede incluir la venta de productos, la prestación de servicios u otras actividades comerciales permitidas por las leyes y regulaciones correspondientes.

Es importante destacar que el giro mercantil principal puede influir en diversos aspectos legales y regulatorios, como los permisos necesarios para operar el negocio, los impuestos aplicables, las normativas de seguridad y salud ocupacional, entre otros. Por lo tanto, es fundamental que la actividad comercial declarada como giro mercantil principal esté en conformidad con las leyes y regulaciones vigentes en la jurisdicción donde opera el establecimiento.