Heredero
DEFINICIÓN DE “HEREDERO“
Heredero es aquella persona que por disposición de la ley o testamento adquiere total o parcialmente los derechos y obligaciones de una herencia que poseía como parte de su patrimonio al momento de morir el testador.
El Código Civil para el Distrito Federal en su Artículo 1284 lo define como:
"El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que hereda."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “HEREDERO“
El concepto jurídico que mencionas se refiere a la adquisición de la herencia por parte del heredero y a la responsabilidad que este asume respecto a las deudas y obligaciones que forman parte de la herencia.
Cuando un individuo fallece, sus bienes, derechos y obligaciones se transmiten a sus herederos. Esta transmisión puede ocurrir de diferentes maneras dependiendo de la legislación aplicable y las disposiciones testamentarias del difunto. En este caso, se menciona que el heredero adquiere la herencia "a título universal", lo que significa que recibe una porción de la totalidad de la herencia, no bienes o derechos específicos de manera individual.
Además de recibir los activos de la herencia, el heredero también asume las deudas y obligaciones que formaban parte del patrimonio del fallecido. Esta responsabilidad está limitada al valor de los bienes heredados. Es decir, el heredero responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance el valor de los bienes que ha recibido como herencia. Si el valor de la deuda supera el valor de los bienes heredados, el heredero no está obligado a cubrir la diferencia con su propio patrimonio.
Esta disposición busca equilibrar los derechos y responsabilidades de los herederos, garantizando que no se transmitan deudas que excedan el valor de los bienes heredados, lo que podría poner en riesgo el patrimonio personal del heredero.