Formalidad
DEFINICIÓN DE “FORMALIDAD“
La formalidad es todo aquel acatamiento cumplido de forma exacta y puntual, necesario para la realización de un determinado acto o contrato, tramite ante dependencia de gobierno o procedimiento de un acto jurídico para su validez.
La Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal en su Artículo 2 Fracción X las define como:
"Formalidades: Principios esenciales del procedimiento administrativo, relativos a las garantías de legalidad, seguridad jurídica, audiencia e irretroactividad, que deben observarse para que los interesados obtengan una decisión apegada a derecho."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “FORMALIDAD“
El concepto jurídico de "formalidades" se refiere a los principios esenciales que deben observarse en el procedimiento administrativo para garantizar la legalidad, la seguridad jurídica, el derecho a la audiencia y la irretroactividad de las decisiones. Estas formalidades son requisitos o pasos establecidos por la ley que deben cumplirse durante la tramitación de un procedimiento administrativo para asegurar que los interesados reciban un trato justo y que las decisiones adoptadas por la administración pública estén en conformidad con el ordenamiento jurídico.
Las formalidades pueden incluir, entre otras cosas, la notificación adecuada a los interesados, el derecho a ser escuchado, el respeto a los plazos establecidos por la ley, la motivación de las decisiones administrativas y la posibilidad de impugnarlas mediante los recursos correspondientes. Estas garantías son fundamentales para proteger los derechos de los ciudadanos y asegurar la legalidad y la transparencia en la actuación de la administración pública.