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Fonograma


DEFINICIÓN DE “FONOGRAMA“

La Ley Federal del Derecho de Autor en su Artículo 129 lo define como:

"Fonograma es toda fijación, exclusivamente sonora, de los sonidos de una interpretación, ejecución o de otros sonidos, o de representaciones digitales de los mismos."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “FONOGRAMA“

El concepto jurídico de "fonograma" se refiere a una fijación exclusivamente sonora de los sonidos de una interpretación, ejecución u otros sonidos, o de representaciones digitales de los mismos. En otras palabras, un fonograma es una grabación de sonido en cualquier medio, como por ejemplo, un disco compacto (CD), un disco de vinilo, una cinta de audio, un archivo de audio digital, entre otros.

Los fonogramas pueden contener grabaciones de música, voces, efectos de sonido u otros tipos de sonidos. Son utilizados para reproducir y distribuir material sonoro, como canciones, álbumes musicales, bandas sonoras, podcasts, conferencias, entre otros.

Desde el punto de vista legal, los fonogramas suelen estar protegidos por derechos de propiedad intelectual, como los derechos de autor y los derechos conexos. Esto significa que su reproducción, distribución y uso público están regulados por la ley y requieren autorización por parte de los titulares de los derechos correspondientes.