DEFINICIÓN DE “INFORMACIÓN O PUBLICIDAD ENGAÑOSA“
La Ley Federal de Protección al Consumidor en su Artículo 32 la define como:
"Para los efectos de esta ley, se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “INFORMACIÓN O PUBLICIDAD ENGAÑOSA“
El concepto jurídico de "información o publicidad engañosa o abusiva" se refiere a aquella información o publicidad que, ya sea de manera directa o indirecta, presenta características o datos relacionados con un bien, producto o servicio de una manera que pueda inducir a error o confusión a los consumidores. Esta información puede ser tanto verdadera como falsa, pero su presentación inexacta, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa es lo que la hace engañosa o abusiva.
Algunos ejemplos de prácticas que podrían constituir información o publicidad engañosa o abusiva incluyen:
- Declaraciones falsas o exageradas sobre las características o beneficios de un producto o servicio.
- Omisión de información relevante que podría influir en la decisión de compra de los consumidores.
- Uso de testimonios o recomendaciones falsas o no verificables.
- Representaciones visuales o gráficas que distorsionan la realidad del producto o servicio.
- Comparaciones desleales con otros productos o servicios.
- Utilización de términos confusos o ambiguos que puedan llevar a interpretaciones erróneas por parte de los consumidores.
En resumen, la información o publicidad engañosa o abusiva busca obtener ventajas comerciales de manera desleal, manipulando la percepción de los consumidores sobre un producto o servicio. Esto está prohibido en muchas jurisdicciones y está sujeto a sanciones legales para proteger a los consumidores y garantizar la transparencia y la veracidad en las prácticas comerciales.