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Seguro contra Incendio


DEFINICIÓN DE “SEGURO CONTRA INCENDIO“


La Ley sobre el Contrato de Seguro en su Articulo 122 lo define como:


En el seguro contra incendio, la empresa aseguradora contrae la obligación de indemnizar los daños y pérdidas causados ya sea por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante.”