DEFINICIÓN DE “UNIDAD MEDICA RECEPTORA DE RESIDENTES“
La
Ley Federal del Trabajo en su Articulo 353 A Fracc. II lo define
como:
“el
establecimiento hospitalario en el cual se pueden cumplir las
Residencias, que para los efectos de los artículos 161 y 164 del
Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, exige la
especialización de los profesionales de la Medicina”
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “UNIDAD MEDICA RECEPTORA DE RESIDENTES“
Esta
puede ser un Hospital Publico, sea un hospital universitario, un
hospital perteneciente al IMSS o al ISSTE o bien una unidad medica
estatal o regional que tiene por fin el dar servicio a la población
general y cuya operación se realiza con recursos públicos.