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Sorteo Sin Venta de Boletos


DEFINICIÓN DE “SORTEO SIN VENTA DE BOLETOS“


El Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en su Articulo 3 Fracc. XXVII lo define como:

Modalidad de sorteo en la que el carácter de participante se obtiene a título gratuito por el solo hecho de adquirir un bien, contratar un servicio o incluso por recibir sin contraprestación un boleto o comprobante de participación”