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Sociedades Cooperativas de Participación Estatal


DEFINICIÓN DE “SOCIEDADES COOPERATIVAS DE PARTICIPACION ESTATAL“


La Ley General de Sociedades Cooperativas en su Articulo 32 las define como:


Son sociedades cooperativas de participación estatal, las que se asocien con autoridades federales, estatales, municipales o los órganos político-administrativos del Distrito Federal, para la explotación de unidades productoras o de servicios públicos, dados en administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico a niveles local, regional o nacional.”