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Videograma


DEFINICIÓN DE “VIDEOGRAMA“


La Ley Federal del Derecho de Autor en su Articulo 135 lo define como:

Se considera videograma a la fijación de imágenes asociadas, con o sin sonido incorporado, que den sensación de movimiento, o de una representación digital de tales imágenes de una obra audiovisual o de la representación o ejecución de otra obra o de una expresión del folclor, así como de otras imágenes de la misma clase, con o sin sonido.”





JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “VIDEOGRAMA“


Videograma es la creación por parte de un individuo de obras que generen movimiento en su ejecución, ya sea videos o archivos digitales sin sonido que puedan ser reproducidos mediante la utilización de tecnología análoga o digital.