DEFINICIÓN DE “TRATA DE PERSONAS“
La
Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en su Articulo 5
la define como:
“quien
promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o
reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la
violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla
a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o
prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación
de un órgano, tejido o sus componentes.”