DEFINICIÓN DE “TRABAJO A DOMICILIO“
La
Ley Federal del Trabajo en su Articulo 311 lo define como:
“Trabajo
a domicilio es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el
domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por el, sin
vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.”
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “TRABAJO A DOMICILIO“
Trabajo
a Domicilio es aquel que el trabajador puede realizar desde su hogar,
sin necesidad de trasladarse a otro lugar para realizarlo, dentro de
este tipo de empleo el trabajador solo esta obligado a rendir cuentas
sobre resultados.