DEFINICIÓN DE “VIOLENCIA“
El
Código Civil para el Distrito Federal en su Articulo 1819 lo define
como:
“Hay
violencia cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen
peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una
parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de
sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales
dentro del segundo grado.”
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “VIOLENCIA“
La
Violencia es el uso de la fuerza física del agresor sobre el
agredido sobre si o sobre tercera persona.