DEFINICIÓN DE “VICTIMA“
La
Ley de Atención y Apoyo a las Victimas del Delito para el Distrito
Federal en su Articulo 7 lo define como:
“Se
entiende por víctima a la persona que haya sufrido daño, como
consecuencia de acciones u omisiones realizadas en su contra,
tipificadas como delito y sancionadas por la legislación penal.”
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “VICTIMA“
Victima
es aquella que resiente los efectos de algún delito, doloso o
imprudencial sobre su persona o sobre su patrimonio.