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Capitulaciones Matrimoniales


DEFINICIÓN DE “CAPITULACIONES MATRIMONIALES“

El Código Civil para el Distrito Federal en su Artículo 179 la define como:

"Las capitulaciones matrimoniales son pactos que los otorgantes celebran para constituir el régimen patrimonial de su matrimonio y reglamentar la administración de los bienes, la cual deberá recaer en ambos cónyuges, salvo pacto en contrario."