Búsqueda Alfabética

Jornada Diurna


DEFINICIÓN DE “JORNADA DIURNA“

La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 60 la define como:

"Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “JORNADA DIURNA“

El concepto jurídico de "jornada diurna" se refiere al período de tiempo en el que, de acuerdo con la legislación laboral, se desarrolla la actividad laboral durante el día. En el contexto de la Ley Federal del Trabajo en México, la jornada diurna abarca desde las seis de la mañana hasta las ocho de la noche, es decir, entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.

Durante la jornada diurna, los trabajadores realizan sus labores habituales, ya sea en horarios regulares de oficina, en la industria, el comercio u otros sectores económicos. Esta jornada está establecida para coincidir con el período de luz solar y es la más común en la mayoría de los trabajos regulares.

Es importante destacar que los horarios de trabajo pueden variar según el tipo de actividad laboral, y en algunos casos especiales pueden existir excepciones o variaciones en los límites de la jornada diurna, dependiendo de la normativa laboral específica de cada país o sector.