Incidentes
DEFINICIÓN DE “INCIDENTES“
El Código de Comercio en su Artículo 1349 los define como:
"Son incidentes las cuestiones que se promueven en un juicio y tienen relación inmediata con el negocio principal."
JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “INCIDENTES“
El concepto jurídico de "incidente" se refiere a aquellas cuestiones o asuntos que surgen durante el transcurso de un juicio y que están directamente relacionados con el asunto principal o negocio jurídico en cuestión. Estos incidentes son aspectos secundarios pero relevantes que pueden surgir durante el desarrollo del proceso judicial y que requieren ser resueltos para facilitar el curso adecuado del litigio.
Los incidentes pueden abordar una variedad de cuestiones, como la admisibilidad de pruebas, la competencia del tribunal, la interpretación de disposiciones legales o cualquier otra materia que surja en el contexto del proceso judicial y que requiera una decisión o resolución por parte del juez. Estas cuestiones son consideradas incidentes porque surgen de manera accesoria al asunto principal del litigio, pero su resolución es necesaria para garantizar la adecuada administración de justicia y el debido proceso.