DEFINICIÓN DE “DELITO“
"Delito es el acto u
omisión que sancionan las leyes penales.
En los delitos de resultado material
también será atribuible el resultado típico producido al que omita
impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo. En estos
casos se considerará que el resultado es consecuencia de una
conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo
tenia el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un
contrato o de su propio actuar precedente."