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Fontón


DEFINICIÓN DE “FRONTÓN“

El Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en su Artículo 55 lo define como:

"Frontón es el local abierto o cerrado en donde habitualmente y de manera formal tiene lugar el juego de frontón en cualquiera de sus modalidades, practicado por pelotaris o jugadores profesionales; comprende también las instalaciones que se requieren para las actividades y servicios complementarios del espectáculo."


JURIDICOPEDIA TE EXPLICA “FRONTÓN“

El concepto jurídico de "frontón" se refiere a un lugar, tanto abierto como cerrado, destinado específicamente para la práctica formal del juego de frontón en cualquiera de sus modalidades. En este lugar, los pelotaris o jugadores profesionales llevan a cabo este deporte de manera habitual y organizada.

El frontón comprende no solo el espacio físico donde se desarrolla el juego, sino también las instalaciones necesarias para llevar a cabo las actividades y servicios complementarios del espectáculo. Esto puede incluir gradas para espectadores, vestuarios, áreas de descanso, servicios sanitarios, iluminación adecuada, entre otros elementos que contribuyan al desarrollo y disfrute del juego de frontón.

En resumen, el frontón es el lugar diseñado y destinado específicamente para la práctica formal del juego de frontón, que incluye tanto el espacio físico como las instalaciones complementarias necesarias para su desarrollo y disfrute.